lunes, 24 de septiembre de 2012

Periodismo sin garantías por decisión propia

 No hay uso adecuado de leyes a favor

La Razón / Nicolás Fernández Motiño
23 de septiembre de 2012

El Deber, la víctima favorita de insultos groseros y amenazas del alcalde de Santa Cruz, Percy Fernández, denunció que este reincidente agresor atentó contra el “derecho a informar”, la “libertad de prensa” e incurrió en un “acto de discriminación” de su fotoperiodista, a quien le echó de una conferencia de prensa; y demandó “garantías para el ejercicio de sus tareas”.

Y a propósito de la denuncia del Ministerio de la Presidencia por delitos de racismo y discriminación contra ANF, El Diario y Página Siete, éste último dijo estar de acuerdo con someterse a la ley, preferentemente la Ley de Imprenta, con una “pequeña reforma” en la constitución del Jurado (Los medios y los alcances de la ley,  01-09-2012).

Para los dos casos expuestos, ¿cuál podría ser la base de sus argumentos ante la Justicia Ordinaria o de Imprenta? ¿Acaso la Constitución Política del Estado (CPE) no otorga garantías para el ejercicio de la libertad de expresión, libertad de prensa, derecho a la comunicación y derecho a la información?

Las garantías que el artículo 106 (II, III) de la Constitución otorga al periodismo deberían traducirse en leyes y decretos específicos. ¿Cómo avanzar en este mandato si los periodistas rechazan —sobre todo los que militantemente no aceptan la nueva realidad política y social boliviana— toda posibilidad de reformar o modernizar la Ley de Imprenta (declarada “patrimonio jurídico” mediático), o generar nuevas normas jurídicas que garanticen los derechos relacionados con la información, comunicación, libertad de expresión, libertad de prensa, derechos y deberes de periodistas y empresas de comunicación dentro de los alcances y límites que señala el bloque de constitucionalidad?

El ejercicio del periodismo, dado sus efectos colaterales sobre círculos de poder, personas, personajes públicos, etc., generó en varios países doctrina y jurisprudencia para regular la actividad, bien para sujetarla en los límites que señalan las convenciones internacionales en materia de derechos humanos o bien para sancionarla en casos de excesos. En Bolivia, avanzamos muy poco debido al atrincheramiento en una Ley de Imprenta que —vigente sí—  adolece de graves contradicciones, o falencias, jurídicas que atentan contra la progresividad de los derechos.

Aun así, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en los últimos años, dictó sentencias constitucionales que deberían ser incorporadas a la Ley de Imprenta. Aquí, algunos ejemplos: los ciudadanos extranjeros en Bolivia gozan de libertad de expresión sobre la política interna del país o del gobierno de su país, “hecho que no puede ni debe constituir una causal de expulsión del extranjero (SC-004/2001)”; “el privar a una persona, sea individual o colectiva, de cobertura en los medios de comunicación constituye una restricción indebida al derecho de toda persona de emitir y difundir libremente sus opiniones y pensamientos (SC-1491/2010-R)”; “el hábeas data (hoy acción de protección de privacidad) no puede activarse contra la difusión de información a través de los medios masivos de comunicación social (SC-0965/2004-R)”.

Las sentencias constitucionales señaladas, además de otras, tienen pues un efecto modificatorio en la Ley de Imprenta así no lo acepten los defensores de aquel patrimonio-monumento jurídico.

Mediante la libertad de expresión y de prensa se puede cometer delitos tipificados en la Ley de Imprenta, el Código Penal, la Ley contra el Racismo y otras normas jurídicas de orden civil y penal. Empero, los delitos contra la libertad de expresión y de prensa —que resulta una directa protección al periodismo— apenas tiene desarrollo en Bolivia.

El Código Penal sanciona con tres años de reclusión a la persona que impida o estorbe la libertad de expresión o la circulación de cualquier impreso (delitos contra la libertad de prensa, artículo 296); o, también con tres años, al que impida, obstaculice o restrinja la libertad de profesión (atentado contra la libertad de trabajo, artículo 303). No conozco sentencia judicial alguna demandada por periodista o empresa de medios de comunicación ofendidos.

Advertidos que en el mundo los periodistas corren riesgos extremos en el ejercicio de la profesión, los “relatores especiales para la libertad de expresión”, que incluye a los de la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU), recomendaron a los Estados miembros incluir en sus sistemas judiciales penales “la categoría de delitos contra la libertad de expresión”, con “penas más severas” y “sujetos a imprescriptibilidad”, por tratarse de delitos graves “que representan un ataque directo contra todos los derechos fundamentales” no solamente de los periodistas, sino del público en general (http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=906&lID=2).

Con una Ley de Imprenta actualizada, o una nueva ley, que incluya las sentencias constitucionales descritas, y otras que generaría el Tribunal Constitucional, las recomendaciones de la OEA, ONU y las del bloque de constitucionalidad de derechos humanos, las denuncias de ataques sufridos por la prensa boliviana, o por ciudadanos que ejercitan su derecho a recibir, buscar y difundir información, hallarían certidumbre jurídica.

Mientras persista la negativa a la reforma no será posible desarrollar los alcances de la garantía constitucional del derecho a la información, comunicación y la libertad de expresión y de prensa. No es posible prolongar la impunidad de cierta prensa, dejar desprotegida la libertad de expresión, ni mantener como florero la garantía constitucional al periodismo comprometido con la defensa de los derechos universales.

lunes, 17 de septiembre de 2012

Diario de una controladora del sexo

Placer con dignidad
Diario de una controladora del sexo
Jesús García

Nadezhda pasea por la comisaria su larga melena rubia, su 1,80 m de altura y una minifalda ceñida. No atiende a lo que le dicen. Lo mismo se entretiene con un lápiz que corretea por los pasillos. Se ríe. Cree que tiene 25 años, pero en realidad suma 28 y pasa los días en una calle cuyo nombre ignora, la de Sant Ramón, corazón histórico de la prostitución callejera en Barcelona.

Al inspector del Cuerpo Nacional de Policía que la interroga no sabe decirle qué día es. También ignora la fecha de cumpleaños de su hijo Radek, al que tuvo con un cliente cuando se prostituía en Praga. Sólo se entristece un poco cuando recuerda que sus compañeros de clase de burlaban de ella porque era “de un nivel inferior”. Pero dice que ahora es feliz y que su chulo, Anton B., y su contraladora, Frantiska K., la trata bien por más que él refunfuñe cuando lleva a casa poco dinero y que ella, a la que considera “como una madre”, no la deje ni a sol ni a sombra.

En las 12 horas de jornada diaria, sube a la habitación a una media de diez hombres. Cobra $us 25 por servicio y obtiene unos beneficios mensuales que rondan los $us 7.000. Todo el dinero lo gestionan Frantiska y Anton. El trabajo de Nadezhda da a los tres lo suficiente para comer, pagar el alquiler y coger un taxi de vuelta a casa por la noche. También para enviar a Radek $us 250 al mes,, que es la cantidad que cree ganar Nadezhda.

En 2007, la Interpol emitió una orden de búsqueda de Nadezhda. Siete años después de abandonar el hogar, la madre fingió darse cuenta de que la chica había desaparecido. En realidad, el problema era que el grifo del dinero (los $us 250 mensuales a Radek) empezó a cerrarse, y la madre quiso retomar el contacto. Los agentes localizaron a Nadezhda en la calle 12 de marzo de 2008. Todos los testigos coincidían en que podría sufrir una disminución psíquica y que estaba en una situación de desamparo. Tiempo después se supo que las autoridades checas habían declarados que Nadezhda sufría una deficiencia mental grave yle había retirado la capacidad legal para obrar. La chica paso un tiempo en una casa de acogida. Allí pintaba con colores. También era feliz. Sus explotadores, ya en libertad, le ofrecieron volver a hacer la calle a cambio de un coche.

Mientras Nadezhda deja atónitos a los policías con su cuerpo de mujer centroeuropea y su comportamiento infantil, ajeno a las cosas de este mundo, Frantiska K. se nieva a declarar. Es el 30 de abril y los agentes acaban de detenerla en la plazoleta donde ha visto pasar las horas los últimos ocho años. Desde allí ha vigilado a la chica, pero también ha observado la dureza de la vida cotidiana en ese rincón de Barcelona, ha hablado con los personajes que la pueblan y ha plasmado sus reflexiones en su vieja libreta con guías de color rosa, de esas que evitan que, al escribir, la letra se tuerza. Sus páginas revelan una historia personal de soledad y sufrimiento, pero también son una aproximación ambivalente al mundo de la prostitución y un relato duro y transparente de un tiempo y un lugar.

El diario de la contralora esté repleto de expresiones soeces y describe con crudeza el trabajo de las chicas, los problemas con la Policía o las palizas de los macarras (los proxenetas). “Estas chicas podrían trabajar en el ambiente limpio de un club. Pero allí una puta no puede abrir ni la boca. Hay mafias y no les quedaría ni para el pan. En la calle sólo la amenaza el macarra cuando gana poco”. Frantiska presume de un enorme fe religiosa y en ocasiones se compadece de la suerte de las mujeres de Sant Ramón: “Cuando veo a las chicas, con qué desgana van a follar con el cliente, me dan un poco de pena. Cuando me pongo a contar cuántos clientes tienen que atender al mes se me cruzan los ojos. Nadie se da cuenta de que a veces les duelen todos los bajos: importa solo el dinero. No hay ninguna compasión”.

“La desgracia no anda en las montañas, anda entre la gente. Es un dicho checo. Me pregunto a veces por qué Dios permite todo esto. Necesito tanto hablar con alguien, pero no tengo con quién (…). Cuando miro a la chica me da mucha pena. Desearía de todo mi corazón que ella tuviera una vida feliz y una familia. Tengo también miedo de qué va a ser de ella cuando yo falte. Me gustaría que no estropease más su salud y empezase una vida normal. Entonces yo podría estar tranquila y sólo me preocuparía de cocinar y descansaría delante de la tele. ¿Llegaré algún día a vivir así?”.

(Tomado de La Razón Lunes 17/9/12)

miércoles, 5 de septiembre de 2012

Obsesión con la virginidad


Placer con dignidad
Obsesión con la virginidad
Ángeles Espinosa, es periodista

Médicos de Irak protestan contra las pruebas de virginidad por orden judicial, titulada hace un par de días Gulf News. El diario de Dubaí, habitualmente cauteloso en su selección de temas como todos los medios emiratíes, reproducía una información de la agencia France Presse que toca sin embargo una fibra sensible en toda la región. Las reacciones de los electores online ponen de manifiesto el arraigo de esa obsesión con la virginidad que   desborda los límites del mundo árabe-islámico. Mantener la virginidad hasta el matrimonio no es una opción para las mujeres en esa parte del mundo.

En algunos entornos sociales puede ser una cuestión de vida o muerte. Que una joven mantenga relaciones sexuales antes de casarse se considera una afronta para la familia y si son descubiertas pueden llegar a morir a manos del padre, un hermano o un tío. Son los erróneamente llamados crímenes de honor, que persisten incluso en los países que han eliminado ese factor como atenuante, amparados por un trasnochado sentido de la honra de la comunidad.

Ante las reacciones en caliente habituales en esos casos, la vía abierta en Irak parece un avance. Según el reportaje, si un hombre considera que su mujer no es virgen en la noche de bodas, puede llevar el asunto a los tribunales que son los que ordenan las pruebas. El examen se realiza en el instituto de medicina Legal (IML) de Bagdad y de sus resultados depende que la novia vuelva con su marido o sea repudiada. “La mayoría resultan a favor de la mujer, no en su contra, pero (el examen) es en si mismo… denigrante”, declara uno de los médicos del IML, donde se llevan a cabo varias pruebas. De acuerdo con su experiencia, muchos piensan que durante la primera relación la mujer tiene que sangrar. “Creer que si no hay sangre, no hay virginidad”, señala antes de añadir que eso indica que su educación y conocimientos sexuales es “muy pobre”.

La misma pobreza intelectual muestran los lectores que en los comentarios a la noticia de Gulf News justifican esa obsesión con la virginidad por el imperativo de saber quién es su padre y “no tener bastardos” (sic). Algunos ven en la mera publicación de la noticia un ataque a la “cultura de Oriente Próximo”. Incluso los hay que cuestionan la oportunidad de hablar del tema. Una mentalidad similar explican los exámenes del himen que la Junta Militar de Egipto impuso a las jóvenes manifestantes por la democracia para intentar aminalarlas.

Más de la humillación que el procedimiento supone para la mujeres, el asunto pone de relieve su desigualdad frente a los hombres de impotencia, ya que ha habido casos en los que acusan a la novia de no ser virgen para esconder su disfunción eréctil. Tanto es así que si los médicos certifican que la mujer era virgen, el asunto no tiene consecuencia alguna para el marido. En tanto que si el resultado es negativo para la esposa, “no hay ley que la proteja”. Su familia tiene que compensar al hombre por los gastos que la relación y la boda le ha ocasionado. Y nada protege a la mujer de la ira de los suyos. .

Por mi experiencia  he llegado a la conclusión que la mayoría de quienes defienden la virginidad como un valor supremo ven cualquier crítica como una intromisión occidental. Consideran que la alternativa, dar poder a la mujer sobre su cuerpo, es fomentar la promiscuidad sexual, algo interpretan como intrínsecamente perverso. Desde los medios de comunicación occidentales también se cae a menudo en el sensacionalismo y la simplificación. A menudo se atribuye esos comportamientos retrógrados a “los árabes” o el “Islam”, manchando la imagen de una pluralidad de países cuyas posiciones al respecto no son únicas.

(Tomado de La Razón (Bolivia) 20/8/12)