Los testigos y denunciantes de hechos criminales en Bolivia podrán modificar su aspecto físico como el color del cabello y ojos, además de sus rasgos faciales, para protegerse de represalias de parte de personas u organizaciones vinculadas con el narcotráfico o el terrorismo.La “Ley de protección de denunciantes y testigos”, puesta en vigencia el 19 de3 diciembre de 2013, tiene el objeto de “establecer el Sistema de Protección de Denunciantes y Testigos” y la finalidad de “proteger a las servidoras y los servidores públicos, ex servidoras y ex servidores públicos, personas particulares y su entorno familiar cercano, que sean susceptibles de sufrir una represalia” y “cumplir las Convenciones Internacionales de Lucha Contra la Corrupción y otros Instrumentos Internacionales”.El artículo 14 dispone: “Podrán utilizarse todos los elementos que cambien provisionalmente aspectos físicos de la persona, como: el color de cabello y ojos, rasgos faciales y otros que impidan su reconocimiento”.La ley estableció las siguientes diez medidas de protección a las “personas que hayan realizado o se dispongan a realizar una actividad protegida y hayan sufrido o estén en riesgo de sufrir una represalia en los términos del Artículo 4 de la presente Ley”:
1. Preservación de la identidad y la confidencialidad de los datos personales.2. Preservación de sus derechos laborales.3. Protección policial para el traslado a fin de cumplir diligencias administrativas y/o judiciales.4. Custodia policial en el domicilio de la persona.5. Uso de sistemas tecnológicos que impidan que la identidad de la persona sea conocida.6. Métodos de distorsión del aspecto físico o de la voz.7. Alojamiento temporal en albergues destinados a protección de víctimas y testigos; cuya ubicación debe ser reservada y con custodia policial.8. Atención psicológica.9. Separación del resto de la población carcelaria o su traslado, bajo reserva, a otro recinto penitenciario, donde se le brinde mayor seguridad en el caso de persona protegida que se encuentre privada de libertad.10. Otras que se puedan adoptar para preservar la seguridad de la persona protegida.
La Ley de protección de denunciantes y testigos establece un procedimiento para otorgar protección y es aplicable a “personas que realizaron, realicen o se dispongan a realizar una actividad protegida respecto a los delitos de crimen organizado, terrorismo, corrupción y narcotráfico, en contra de niñas, niños y adolescentes, violencia contra la mujer, trata y tráfico de personas y/o violación de derechos fundamentales”.Las instituciones competentes son el Ministerio de Gobierno, Ministerio Público y la Policía Boliviana, que actuarán de forma coordinada en dirección al cumplimiento de las finalidades de la presente Ley, el Ministerio de Transparencia y Trabajo.
domingo, 19 de enero de 2014
Lucha contra el crimen en Bolivia: proteger a los testigos y denunciantes
miércoles, 20 de noviembre de 2013
Reflexiones sobre el aborto
Placer con dignidad / Teresa Lanza
¿Cómo debería abordarse el tema del aborto en nuestra sociedad? La complejidad que representa el debate de este asunto tendría que ir más alla de lo que encierra el tema de "ideas de valores, puesto que, por un lado, el aborto inseguro es un problema de salud pública que aún no ha sido resuelto ni reconocido en el país, y por otro, es una cuestión de justicia social que amerita urgente atención si se busca coherencia con los mandatos de nuestra Constitución Política del Estado (CPE), que establece el derecho irrestricto, inalienable, irrenunciable e imprescriptible de las personas a la vida, la libertad, la salud y otros derechos conexos.
Se debe buscar una normativa que de soluciones a las mujeres que se encuentran ante un embarazo no deseado, no planificado, inoportuno e impuesto, evitando que se recurra a la clandestinidad de un aborto por todo lo que ello conlleva.Una ley se vuelve ineficaz si tiene más consecuencias negativas que positivas, es una ley insulsa que no cumple el objetivo para el cual fue creada, peor aún si ésta pone en riesgo la vida de una gran parte de la población como son las niñas, adolescentes y adultas en edad de reproductiva.Ocurre que la actual normativa que penaliza el aborto esta teniendo consecuencias negativas y graves para el bienestar de la comunidad en general, y de las mujeres en particular. Es discriminatoria y profundiza las desigualdades sociales y jurídicas. Afecta en su mayoria a las mujeres pobres, que no tienen medios para practicarse un aborto en condiciones médicas adecuadas, frente a aquellas que si tienen recursos y que lo hacen con condiciones óptimas, escapando a las estadísticas. .
Es injusta desde todo punto de vista, pues castiga a las mujeres pobres por su corta edad o su poco nivel educativo, su desconocimiento y casi nulo acceso a métodos anticonceptivos, quienes son marginadas por cosas de las que no son ni remotamente responsables. Contribuye a la opresión de las mujeres y viola su principio de autonomía y dignidad, además de victimizarlas doblemente, pues muchas de ellas son violadas y encima pueden ser enviadas a la cárcel.Si toda ley tiene presunción de constitucionalidad en un Estado democrático de derechos, las normas que penalizan el aborto en desmedro de las mujeres son inconstitucionales; y quienes las interpretan tienen la obligación de declararlas como tal, constituyendose en verdaderos adalides de justicia, cuya objetividad y magnanimidad no sean influencias por agumentos contrarios al ejercicio de los derechos humanos.Llevar el debate a terrenos de corte conservador o fundamentalista, ya sea religioso o de otra índole, contradice el espíritu del modelo de Estado actual establecido en el artículo 4 de la CPE, por el cual se define al Estado como laico, recordando que el laicismo es sinónimo de democracia, de igualdad, de respeto, de tolerancia. Es el ámbito ideal de materialización de los derechos humanos de las personas y debemos aprender a convivir en ese marco político, filosófico e ideológico.Lo contrario será salir por el "lado fácil", pero violando los principios constitucionales que rigen los destinos de nuestro Estado y pisoteando los derechos de la mujer.
viernes, 6 de septiembre de 2013
La novedad de la reforma procesal penal boliviano: Justicia restaurativa
Nicolás Fernández MotiñoEl gobierno del presidente Evo Morales revolucionó las estructuras del Estado Plurinacional de Bolivia. La administración de justicia no permanece ajena a esta decisión. Los magistrados son elegidos por el voto popular y la economía jurídica ingreso a una etapa de innovaciones y reformas en cuanto a leyes.
Bolivia, así como otros países latinoamericanos, tiene problemas con la administración de justicia. Su sistema jurídico es lento, y no sin denuncias de corrupción e ineptitud de sus operadores.El Ministerio de Justicia boliviano tomó el desafío de resolver los problemas de la justicia penal, mediante la reforma del Código Penal y su Procedimiento Penal. Recientemente, presentó el “anteproyecto de Código Procesal Penal”.Lo nuevoUna de las novedades del procedimiento es la incorporación de la “justicia restaurativa” como alternativa a la solución de innecesarios litigios penales entre víctima y sindicado. Plantea:Justicia restaurativa es el proceso en el que la víctima, el ofensor y cuando proceda, cualquier miembro de la comunidad, participan y de forma activa en la resolución del conflicto y en la reparación del daño causado por el delito, en busca de un resultado restaurativo.Se entiende por resultado restaurativo, el acuerdo mediante el cual los intervinientes señalados en el párrafo anterior establecen las responsabilidades de los sujetos, la reparación integral de la víctima y la reintegración del imputado de la comunidad.Las partes podrán acudir a los centros especializados establecidos en el Órgano Judicial o el Ministerio Público o a otras formas o mecanismos.La participación del sindicado no se utilizará como prueba de admisión de culpabilidad en procedimientos jurídicos ulteriores.Condiciones del acuerdo restaurativo:-Participación voluntaria de la víctima y del sindicado (u otro de la comunidad afectada)-En cualquier momento, incluso en ejecución de sentencia-Reparación integral de la víctima (material, moral o simbólica)-Extinción de la acción penal-La víctima podrá exigir el cumplimiento de la reparación-No constituye prueba de culpabilidad en acciones jurídicas ulteriores.-El incumplimiento del acuerdo no agrava la penaNo está permitido el acuerdo restaurativo en proceso en que sea parte el Estado, en delitos de corrupción, de tráfico ilícito de sustancias controladas, delitos contra la seguridad del Estado o los establecidos en los artículos 111, 112 y 347 de la Constitución Política del Estado.Los artículos constitucionales se refieren a genocidio, lesa humanidad, traición a la patria, crímenes de guerra, corrupción pública, daños y delitos ambientales.No tiene efecto extintivo en:-Delitos que tengan previstas la pena máxima privativa de libertad, delitos contra la vida, la libertad o en caso de afectación a personas en situación de vulnerabilidad.-Delincuencia organizada, reincidencia, y de personas con segunda imputación por un mismo delito doloso o que se hubieran beneficiado con una salida alternativa o la suspensión condicional del proceso en los últimos tres años.
sábado, 6 de julio de 2013
Unos trafican, otros ponen el burdel
Placer con dignidad, Mónica Ceberio Belaza
Las redes de tráfico de mujeres extranjeras pueden obligar a las chicas a prostituirse en las calles y polígonos industriales -a veces también en pisos-, pero es raro que tengan un local de alterne explotado por ellos mismos, sobre todo cuando la red es pequeña y esta formada por tres o cuatro personas.
Hacen falta ciudadanos locales que actúen como tenderos de la mercancia. Y son necesarios varios contactos, porque las mujeres no pueden estar paradas en el mismo club durante muchas semanas. Los traficantes tienen que montar una red de locales por la que puedan ir circulando. La cifra total de clubes, según la Unidad contra las Redes de Inmigración Ilegal y Falsificaciones Documentales de la Policía Nacional, está en torno a los 2.500.
Los empresarios insisten en que ellos no tienen nada que ver con la trata de mujeres. Aseguran que sólo les ofrecen un espacio en el ejercicio libremente como prostitutas y que, a cambio, les cobran por el alojamiento y comida.
Luis un cubano exjugador de volibol dueño de un local, defiende que es un negocio más en el que todos son libres. "En las copas vamos al 50%, pero el cliente da directamente el dinero a la mujer. Yo no quiero problemas. Tampoco me meto en si tienen o no tienen relaciones sexuales. Ése es su problema. Yo les cobro $us 50 al día por habitación, desayuno, comida y cena, y no quiero saber nada más. No acepto menores de edad y no no voy buscando chicas. Vienen las que quieren.
La realidad no tiene siempre el tono rosa que pinta Luis. En los clubes hay mujeres obligadas a ejercer la prostitución. Sobre todo durante sus primeros meses, los que tardan en pagar la deuda de sus captores. Las endeudadas están obligadas a hacer cualqueir cosa que les digan. A veces es su mani (la controladora, la persona que las vigila siempre), la que se ocupa de todas su relaciones mercantiles, de decirle lo que tiene que cobrar y cuántos hombres tiene que mantener relaciones sexuales cada noche. Y la encargada de presionarla si los objetivos mínimos no se cumplen. El empresario puede mantenerse al margen y limitarse a cobrar a las mujeres entre 50 y 70 dólares al día para evitar conflictos con la justicia. Pero en muchos casos sí el dueño del club (a través de sus encargados y empleados), el que explota directamente a la mujer una vez que los traficantes la han traído a España.
Las autoridades saben dónde están los clubes. ¿Por qué no hay un mayor control entonces? ¿Por qué no se hace una vigilancia constante para evitar que sean espacios en los que se esclaviza impunemente a las mujeres?
Hay dos vías de actuación: la policial y la de la inspección de trabajo. Y ambas se encuentran en el mismo problema: la falta de regulación en España de la prostitución. Como no esta prohibida, no pueden acosar de forma permanente a los locales. Como no esta regulada, tampoco pueden controlar que se cumpla una determinada normativa, que se respeten los derechoslaborales de las mujeres.
La Policía se encuentra con el mismo problema a la hora de actuar.
La prostitución es una actividad lícita, por lo que no pueden perseguirla. Sólo pueden ir trás el tráfico de personas y la inmigración ilegal. Por lo general, la redadas buscan mujeres sin papeles. Una vez detenidas, algunas denuncias a los explotadores. Otras no. Por miedo a represalías y porque muchas veces el empresario las ha convencido de que los agentes (que pasan a menudo por los prostíbulos para conseguir información) no las van a ayudar.
(Tomado de Páginas Azules, La Razón 26/11/2012)
lunes, 24 de junio de 2013
Barrientos, "los secretos militares" y los mineros comunistas en la Masacre de San Juan
*Nicolás Fernández Motiño
Domingo 25 de junio de 1967. El presidente René Barrientos Ortuño decía en su “mensaje a la nación” sobre la operación militar en las minas de Siglo XX, Catavi, Llallagua y Huanuni: “Ni el primero, ni el segundo tiro partieron de las FF.AA., pero las primeras bajas fueron de nuestro lado. Y no se diga, cándidamente que los extremistas sólo querían divertirse en torno a las fogatas de San Juan; estaban bien armados de fusiles y dinamitas, como lo demuestra que hubo fuerte combate y numerosas bajas…”.
El 11 de julio de 2007, un militar, nacido en Llallagua, escribió así en “Mi testimonio sobre la noche de San Juan”: “Cerca a media mañana nos anoticiamos que una señora había sido hecha pedazos por la explosión de una granada de mortero. Curioso como todo niño, me escabullí del control de mis padres y corrí calle abajo (calle Arce) y vi parte de la carne de la señora salpicada en la pared de su casa; sus vecinos comentaron que se encontraba embarazada. Sucedió que ella se encontraba sentada en la acera de su casa calentándose al sol y justó allí cayó la granada. Durante muchos años permaneció la huella del hueco formado por esa explosión como mudo testigo de su horrenda muerte”.
El general Barrientos tiraba de la solapa de EE.UU. para enfrentar a la naciente guerrilla del Che y ejecutar las drásticas medidas económicas del “Plan Triangular” como el despido en las minas, disminución de salarios y eliminación de pulpería, entre otras. Cuando los mineros expresaron simpatías por las guerrillas, el presidente creía que se gestaba un peligroso movimiento armado coordinado entre la guerrilla y los mineros capaz de tumbar su gobierno; entonces, había que destruir ese semillero al precio que sea.
En septiembre de 2007, el niño testigo de aquel cadáver destrozado por el disparo de mortero, ya convertido en un alto oficial de Ejército –Diego Martínez Estévez-, reveló que el Comando de la II División envió “tres compañías de maniobra” que llegaron la medianoche del viernes 23 de junio a la estación de Cancañiri, la parte alta que conecta Siglo XX y Llallagua, con la misión de “capturar a los principales dirigentes mineros”, tomar el Sindicato de Mineros, la Radio La Voz del Minero, controlar a la población civil de Llallagua y “aislar” a las dos primeras poblaciones desde Catavi.
Los operativos militares se prolongaron hasta después del sábado 24. El periódico Presencia anoticiaba el domingo 25 sobre estas acciones: “Tras violento choque Ejército ocupó ayer Catavi y Siglo XX”, y añadía: “También fue ocupado el distrito de Huanuni y apresados varios dirigentes. Veintiún muertos y setenta heridos en los choques producidos en Catavi. Varios cadáveres no han sido recogidos todavía”. El Diario informaba: “Sangrientos choques en minas de la COMIBOL ocasionaron 16 muertos y más de 70 heridos”.
El mismo día, Barrientos culpaba: “Los rojos tienen a su haber una nueva jornada de violencia, de terror y de pugnas fratricidas”, y “… estamos ya en un estado de guerra internacional bien preparada, bien proyectada, bien financiada, mediante células de penetración comunistas que están actuando en todos los niveles de clase y de producción del país”.
El niño Martínez Estévez veía: “Mi barrio se encontraba entre dos fuegos. Años más tarde, concretamente en 1984, cuando ostentaba el grado de teniente supe que esos soldados y por espacio de unos quince minutos se disparaban entre sí”.
“Una ráfaga proveniente de El Calvario penetró por una de las dos puertas del piso superior de mi casa donde se encontraban los dormitorios de toda mi familia. Mi hermanita menor de dos años sintió un leve dolor en su brazo por el roce de un proyectil que se incrustó en la pared”.
Barrientos Ortuño machacaba en su discurso: “El Presidente que habla invitó a los mineros a la reflexión, al diálogo cordial para estudiar y solucionar sus problemas; la respuesta fue la burla y la negativa. Cuando la fuerza quiso hacer cumplir las decisiones de la autoridad, los extremistas asesinaron vilmente a un teniente del DIC, a un soldado, y se pusieron, y pusieron en fuga, no sin antes vapulear al resto de la patrulla del orden”.
Y Martínez militar no olvidaba las escenas sangrientas: “Una niñita de unos cinco años que jugaba en el interior fue alcanzada en su corazón, por un proyectil proveniente de El Calvario”. “Vimos a un campesino que transitaba por el “Río Seco” (río que separa a Siglo XX de LLallagua), trataba desesperadamente de evitar que sus intestinos se desparramaran por el efecto de un proyectil que seguramente le abrió su estómago”. “Vimos a una señora de pollera vestida toda de negro, acompañada de una señorita cubierta con un abrigo de color rojo; bajaban desde La Salvadora por el camino que enlaza con la población de Siglo XX; sobrepasaron por detrás de los soldados que continuaban cenando sus raciones. De pronto, cuando en su caminar se alejaron unos 60 metros, la mujer de abrigo rojo comenzó a rebotar cual si fuera una pelota; la señora seguramente su madre – corrió para agarrarla tratando de evitar que rodara hacia el río. No supimos de dónde provino el disparo, si de los soldados que estaban próximos a ellas o de algún tirador de la unidad dislocada en El Calvario”. “Me relató una de mis hermanas (que) de uno de los grupos de prisioneros, uno de ellos intentó escapar y no corrió mucho trecho porque un soldado le disparó por la espalda y el cuerpo del infortunado minero rodó hacia el denominado río Seco”.
“No estoy inventando nada”
El gobierno de Barrientos y las Fuerzas Armadas hacían esfuerzos por convencer que los “enfrentamientos” en las minas fueron planificados por partidos políticos –incluso de la derecha- y los sindicatos mineros, para apoyar a las guerrillas, provocar una guerra civil, derrocar al régimen, declarar “territorio libre” a Bolivia e instaurar la “dictadura del proletariado”.
“No estoy inventando nada”, dijo Barrientos. “Los rojos habían planeado el ataque y la toma del cuartel de Lagunillas, para desmoralizar a las FF.AA., capturar armamento e iniciar la guerra civil en gran escala” y “fue entonces que tuvimos que ordenar el ingreso de las tropas en las minas, para cortar de raíz el movimiento subversivo”.
¿Barrientos no estaba inventando nada? Es de rigor militar y policial registrar, documentar y archivar las operaciones ejecutadas, secretas o no. La “masacre de San Juan” de junio de 1967 se encuentra en este rango. Así se deduce de las revelaciones que hizo desde el 2004 el niño testigo Diego Martínez Estévez, hoy coronel y Académico de Número en la Academia de Historia Militar, sobre la base de documentación reservada al que tuvo acceso en archivos militares clasificados no accesibles a los civiles (http://martinezestevez.wordpress.com/page/24/).
Los militares, incluyendo a Barrientos y sus asesores estadounidenses, trazaron o montaron -difícil saber si antes o después del operativo en las minas, dado que el mensaje del Presidente no resultaba creíble ante la matanza- el siguiente escenario o teatro de operaciones (resumido del relato de Martínez):
1. Configuración de hechos insurreccionales influenciados por los dirigentes mineros Simón Reyes, Isaac Camacho, René Anzoleaga, Fidel Aróstegui, Julio Renterías, Rosendo García Maísman y otros.
2. Declaración de “territorios libres”, derrocamiento de Barrientos a cargo del PCB, POR, PRIN y MNR, e instauración de un gobierno socialista.
3. Libretos subversivos difundidos por las radioemisoras mineras.
4. Apoyo económico a la guerrilla de Ñancahuazú y compra de medicamentos, alimentos y armas.
5. 20 mineros asisten al “Curso de guerra de guerrillas dictada en Catavi y Siglo XX, más unos 200 provenientes de Catavi y Siglo XX”.
6. El POR y el PCB “pequinés” acuerdan organizar las guerrillas en la zona minera, con 17 fusiles Máuser, 6 fusiles M-1 y cierta cantidad de granadas caseras, dinamita y artificios de lanzamiento, fabricados clandestinamente en la Maestranza de Miraflores y escondidos en el nivel 70 de la mina de Siglo XX.
7. Plan de captura de una unidad militar en Miraflores, con 20 “desocupados” entrenados en el Nivel 70 de la mina de Siglo XX y que habían recibido “Adoctrinamiento Político, Terrorismo, Combate en Localidades y Tiro”; contaban con fusiles Máuser, fusiles M-1, pistolas ametralladoras, granadas de mano caseras, morteros rudimentarios fabricados en la maestranza de Miraflores.
8. Asalto del cuartel de Miraflores la noche de San Juan, y en sucesión el “Puesto Militar La Granja”, el “Campamento Lagunillas”, el “Campamento No. 2 de Chuquita” y el “Puesto Comando del Batallón de Rio Colorado”; y con el material bélico ocupado, debían tomar los cuarteles en Oruro.
“La gota que colmó el vaso para decidir al Alto Mando la ocupación militar de las minas el 24 de junio de 1967 –según Martínez Estévez-, fue el radiograma expedido por el Comandante del Batallón de Ingenieros que construía el puente sobre el río Lawa Lawa sobre la carretera Uncía – Sucre, mediante el cual informaba del inminente ataque a su campamento la noche del 23 de junio. Otro factor que influyó en tan gravísima decisión, fue el hecho que en el en el mes de mayo fueron capturados en Camiri cuatro mineros quienes intentaban enrolarse en la guerrilla del Che Guevara. Con estos hechos, aparentemente ligados a un comando único de organización y conducción de la guerrilla altiplánica y selvática, no quepó duda alguna para que el Comando de las FF.AA. ordenara desarticular la subversión minera”.
Y Barrientos ordenó: “Las FF.AA. se mantuvieron prudentemente en sus cuarteles, hasta que la extrema necesidad obligó a su Capitán General y Alto Mando a ordenarles que repusieran el orden institucional el principio de autoridad. Ellas han cumplido, una vez más, con su deber y merece la gratitud de la Patria”.
Los militares registraron en sus archivos clasificados las siguientes bajas en la “masacre de San Juan”:* (Publicado en Revista 7 Días - Cambio domingo 23 de junio de 2013)
Bajas militares, muertos: dos soldados; heridos: siete. Bajas de carabineros, muertos: 1; heridos: cuatro policías. Bajas civiles, muertos: 12 entre mineros y “familiares”; heridos: 35 entre mineros y “familiares”.
“Con la Patria o el comunismo. No hay otro dilema. Yo mantendré la ley y el orden público a cualquier precio”, advirtió el general Barrientos Ortuño; y cumplió, habría más muertes de mineros.
Los archivos militares clasificados deben ser abiertos al público para la búsqueda de la verdad histórica, si acaso estos documentos reflejan tal veracidad y no resultan inventos para encubrir y justificar aquellos crímenes de lesa humanidad cometidos en el pasado. El esclarecimiento de los violentos sucesos políticos militares es una forma de rendir homenaje a las víctimas de masacres como las de San Juan de 1967.
lunes, 27 de mayo de 2013
El secreto militar y el acceso a la información pública
Carlos Soria Galvarro, conocido periodista boliviano y experto en temas relacionados con las guerrillas del Che Guevara, en su artículo “No tiene sentido guardar secretos que ya no lo son”, escribió: “Definitivamente, resulta extravagante, por no decir insulsa o ridícula, la determinación de seguir manteniendo en reserva dichos materiales (de la guerrilla)”.El Archivo Histórico de las Fuerzas Armadas guarda celosamente –a la vista de los civiles- documentos producidos durante las guerrillas de 1967. Nadie más que determinados militares accedieron a esos archivos y los explotaron por interés propio, como deja entrever Soria Galvarro:
“Hasta donde puede saberse, sólo el general Gary Prado Salmón y los coroneles Diego Martínez Estévez y Simón Orellana, éste último por varios años director del Archivo, gozaron del privilegio de utilizar ampliamente la información que contiene. El primero para su conocido libro La guerrilla inmolada (1987) y el segundo para Ñancahuazú: apuntes para la historia militar de Bolivia (1989) y Orellana para su reciente tesis de licenciatura en Historia de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA, 2009)” y remata “secretos que ya no lo son”.La revelación o acceso de aquellos archivos, después de 46 años del movimiento armado guevarista, nada afectara la seguridad nacional frente a cuba, país con el que el actual gobierno –y sus respectivos militares- mantiene un excelente nivel de relaciones y cooperación recíprocas.Al fin la preocupación de Carlos Soria podría quedar disuelta -quién sabe en poco tiempo- con la vigencia de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, hoy en formato de anteproyecto para su respectivo debate en el Órgano Ejecutivo y, más tarde, en la Asamblea Legislativa.El anteproyecto, impulsado por el Ministerio de Transparencia, se plantea como objeto el “garantizar a todos los ciudadanos el ejercicio pleno de acceso a la información pública que se encuentre bajo custodia, administración o tenencia del Estado” y dar “máxima publicidad” a dicho material informativo.Secreto, reservado y confidencialSin embargo, la propuesta normativa cuenta con excepciones en la clasificación del tipo de información: secreta, reservada o confidencial; y describe su concepto:“Se considera información secreta aquella relativa a la seguridad interna o externa del Estado, cuya divulgación o difusión pueda poner en riesgo al Estado Plurinacional. La información secreta se clasificará mediante Leyes que serán promovidas por las entidades que así lo requieran. Estas leyes contendrán un listado específico de la información que considere que debe ser secreta”.“Se considerará información reservada: a) a aquella cuya calidad de reservada se halle establecida mediante leyes o decretos supremos aprobados en materias distintas a seguridad del Estado; b) aquella información que se clasifique como reservada mediante el procedimiento de clasificación establecido en la presente ley, solamente cuando se trate de seguridad del Estado, interna o externa”.“Se considera información confidencial aquella: a) Referida a la salud, intimidad o privacidad de las personas; b) Protegida por el secreto profesional, conforme a Ley; c) Cuya divulgación o difusión puede poner en peligro la vida, la integridad y la seguridad de las personas; d) Referida a niños, niñas y adolescentes, cuya divulgación o difusión ponga en riesgo su salud, honor, integridad y seguridad.Plazos de la restricciónEl anteproyecto establece plazos para levantar el secreto, reserva o confidencialidad de la información pública: 20 años para cuando se trate sobre seguridad externa y 10 para seguridad interna; la reservada y confidencialidad concluyen por orden judicial.Para el caso de violaciones de derechos humanos, “No podrá invocarse el carácter de información clasificada cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad. Esta información será accesible sin mayores requisitos (…)”.Fin del secretismo injustificado.Si acaso se sancionara en la Asamblea Legislativa y promulgara por el Ejecutivo, la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública descubrirá el velo del secreto militar sobre acciones que determinaron el curso de la historia política de Bolivia, más con las dos siguientes normas propuestas:“I. La información sobre seguridad del Estado, sea esta interna o externa, que hubiera sido clasificada con anterioridad a la promulgación de esta Ley, será accesible, siempre y cuando hayan transcurrido los plazos y procedimientos establecidos en esta Ley (n.d.r. para el caso de las guerrillas del Che transcurrieron 46 años)”.II. La información que posean todas las instancias del Estado, relacionadas con la desaparición forzada, muerte, violencia política y violación de los derechos humanos en épocas pasadas, son de dominio público a partir de la vigencia de esta Ley”.Periodistas, investigadores, historiadores, sociólogos y políticos, entre otros, estarán esperando el nacimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública. .Nfm/2013
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